Los derechos de autor y el futuro de las bibliotecas en México

Los derechos de autor y el acceso a la información necesitan encontrar un nuevo balance.

Los derechos de autor y el futuro de las bibliotecas en México
Las implicaciones legales de los derechos de autor son asunto de cuidado de las bibliotecas. Imagen: Istock/Yevgeniya Kolnobritskaya
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Durante el año pasado, los materiales de recursos abiertos y las bibliotecas fueron invaluables en el desarrollo de nuevos esquemas que adaptan la práctica de la educación al aislamiento provocado por la pandemia. Pero esta no fue la única razón por la que las bibliotecas estuvieron en el centro de la conversación recientemente. En México, por ejemplo, se han tomado medidas de corte legal con el objetivo de proteger los derechos de autor, las cuales han impactado la agencia de las bibliotecas para almacenar y distribuir contenido gratuito.

A mediados del 2022, la Suprema Corte de Justicia, tras analizar recursos presentados por la industria editorial determinó que las bibliotecas necesitan contar con autorización de editoriales y productoras para exhibir y reproducir obras documentales o audiovisuales. De no seguir este lineamiento, se harían acreedores a multas millonarias. Varios pilares de la comunidad bibliotecaria se pronunciaron en contra de esta nueva política, ya que, aun si tenía la buena intención de proteger los derechos de autor, desestima por completo el propósito de acervo cultural y facilitación de conocimiento que representan las bibliotecas.

Cabe mencionar que si la medida iba dirigida únicamente a las bibliotecas depositarias, tenía el potencial de afectar la manera en la que las de este país administran contenidos de acceso abierto. «Eso destruye la idea de las bibliotecas y las vuelve solo un estante de libros», comentó Grecia Macías, abogada de la Red de Defensa de derechos Digitales para El País en junio de 2022.

Hubo fuertes críticas hacia las implicaciones legales de estas decisiones. Grecia Macías y Alejandra Quiróz, bibliotecaria de carrera en la Biblioteca Vasconcelos, así como muchos otros miembros de su rubro profesional, coincidieron en que la Suprema Corte de Justicia estaba sentando mal precedente y que el proceder de editoriales y productoras de contenido fue desmedido. Estos fallos legales bien podrían resultar en un obstáculo importante para el derecho humano básico del acceso a la información, agregaron también para El País.

En Febrero de 2023, El Economista publicó una nota informando sobre la propuesta de ajustes a la Ley General de Bibliotecas, con el objetivo de equilibrar la balanza entre el respeto a los derechos de autor y el acceso a la información. Los artículos 33, 39 y 43 serían reformados, además de la adición de un artículo 34 bis. En consecuencia, los productores o editores de contenidos culturales, científicos y didácticos realizados en territorio mexicano, estarían obligados a entregar ejemplares de sus materiales, según el formato, para nutrir el Depósito Legal de Publicaciones.

El artículo 34 bis es clave para estas reformas. En este se precisan seis criterios para integrar contenidos al Depósito Legal. Los tres principales son:

  • Respeto a los derechos de autor y conexos. 
  • Implementación de medidas tecnológicas de protección por parte de las instituciones depositarias que prevengan la reproducción, distribución y uso no autorizado de materiales.
  • Disponibilidad de los materiales para la consulta pública conforme el número de ejemplares entregados a cada institución depositaria o, en su caso, con base en los acuerdos que se establezcan con los editores o productores de las obras.

Este último lineamiento pone fin a la crítica más importante de medidas legales que se estuvieron desarrollando todo el último año, dado que retira las restricciones de la bibliotecas para asegurar y distribuir un acervo cultural a la ciudadanía. Sin embargo, El Economista reporta que las reformas fueron refutadas por los gremios editorial, audiovisual y musical ante la consideración de las bibliotecas depositarias que hubieran sido restringidas por las decisiones de la Suprema Corte de Justicia no cuentan con los recursos tecnológicos para para asegurar el paro de reproducciones y lucro no autorizado a partir de materiales depositados. Esto contraviene la Ley Federal de Derechos de Autor, por lo que posiblemente, esta no será una resolución final para el controvertido tema.

¿Qué piensas sobre cómo se ha desenvuelto este conflicto entre los derechos de autor y el acceso a la información? ¿Los autores tienen un caso al buscar proteger su propiedad intelectual? ¿Esta intención tendría que estar por encima del derecho de materiales culturales y educativos? Comparte tus impresiones en los comentarios.

Este artículo del Observatorio del Instituto para el Futuro de la Educación puede ser compartido bajo los términos de la licencia CC BY-NC-SA 4.0